Devolución de fianza en piso de alquiler

Hola, tengo una pregunta. Tengo un piso en alquiler y el inquilino me ha avisado, con 10 días y no con 30 que pone el contrato, que se va. Me dice que el alquiler correspondiente a esos 10 días se los descuente de la fianza. ¿Me tiene que pagar esos 10 días? ¿Tengo que devolverle la fianza? ¿La fianza no es por daños de la casa cuando se acabe el contrato? ¿La ha perdido por no avisarme antes de 30 días? . Gracias

Juan preguntó sobre Alquiler de inmuebles Pregunta desde: Toledo

Fecha: 12/09/2022

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3 respuestas

  • Ricardo respondió: Profesional de Certicalia

    Efectivamente te tiene que cumplir el contrato y después avisar con un mes de antelación por qué si se va a se queda sin fianza.

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  • Giorgia respondió: Profesional de Certicalia

    Buenos días,
    La fianza se constituye única y exclusivamente para responder de los posibles daños que se causen en la vivienda. Por ello no se puede compensar la falta de pago del alquiler con la fianza, lo que se debe hacer es reclamar los días de incumplimiento del pre-aviso, y si no lo cumple debe hacerse de forma escrita mediante burofax. Posteriormente si el piso está en buenas condiciones se le devolverá la fianza, descontando los gastos de suministros que le sean atribuibles, es decir 30 días después de se haya abandonado la vivienda.

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  • Miguel Angel respondió: Profesional de Certicalia

    Buenas noches. Una cosa es el alquiler y otra la fianza. Debe pagar los 10 dias de alquiler y no se le devuelve la fianza.

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