4 respuestas
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Mikel respondió: Profesional de Certicalia
Las primeras reclamaciones se aconsejan hacer sin recriminaciones, pausadamente, adjuntando documentación, fotográfica o de otro tipo (el informe del Perito) y siempre a través de un medio a través del cual quede constancia de la reclamación. Lo mejor, un burofax, o una carta con acuse de recibo. Los tribunales admiten como pruebas los e-mail con acuse de recepción y lectura. Si no se obtiene una respuesta positiva, habrá que poner el caso en manos de un abogado especialista que realice la reclamación y la posterior demanda ante los seguros decenales obligatorios tanto del Arquitecto y arquitecto técnico como del constructor. Es muy Importante, no alterar, ni modificar en absoluto el objeto de la reclamación. Ni incluso en el extremo que afectase a la habitabilidad de la vivienda o a su estabilidad estructural. En estos casos el abogado lo pondría en conocimiento del juzgado y éste dictaminaría al respecto.
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Jose Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Los plazos empiezan a contar desde la fecha del Certificado Final de las Obras.
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Jose Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Si está afectada la estructura el plazo para reclamar es de 10 años; si solo afecta a la cubierta y se cuela agua o humedad es de 3 años. En cualquier caso, hazle caso al compañero y no lo demores. Conserva siempre acuse de recibo de tu reclamación.
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Pablo respondió: Profesional de Certicalia
Tanto arquitecto como constructor, tienen seguros decenales. Habla con ellos si hay buena comunicación, si no, habla directamente con un abogado y no dejes pasar más tiempo.
Saludos