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Jose Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Las implicaciones que pudiera traer esta disposición depende de lo que marque el Plan General de Ordenación; en condiciones normales de debería haber mayor problema pero le aconsejo que compruebe que todas las estipulaciones que contenga el Registro se correspondan con lo que le han vendido, y, en especial, la superficie de las subparcelas y el reparto de edificabilidad. En principio, si la parcela tiene 600 M2 y la cuota suya es del 57%, la subparcelas sería de 342 M2, y no 400 M2.