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Juan Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Primeramente, debería informarse en el ayuntamiento sobre la viabilidad o no de dicha actuación en el terreno que tiene según la normativa municipal y, sobretodo, si se van a relizar obras se deberá de solicitar los permisos pertinentes al ayuntamiento.
Si se realizan obras importantes, será preciso un proyecto visado por el Colegio de Arquitectos.
Finalizadas las obras habrá de presentarse la pertinente licencia de apertura. Ajustándose a la normativa vigente. Generalmente, en Extremadura estos establecimiento estas regulados por el DECRETO 65/2015, de 14 de abril, por el que se establece la ordenación y sistema de clasificación de los alojamientos de turismo rural de la Comunidad Autónoma de Extremadura y, en su caso, por la normativa municipal relativa a estos establecimientos, si la hubiere.
Por último será necesario, alta fiscal en hacienda, otorgar la categoría de Alojamiento Rural, alta como autónomo de la persona al cargo en el epígrafe correspondiente y inscripción del establecimiento en el Registro Provincial de Alojamientos Turísticos.