2 respuestas
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Marcos respondió: Profesional de Certicalia
Los incrementos se deben aplicar según lo acordado en el contrato, necesitaríamos comprobar el contrato para poder dar una respuesta pues son muy amplios los pactos que se pueden hacer en un contrato de arrendamiento
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
En principio, como usted dice, el contrato queda prorrogado por un año más al no haber sido notificado por las partes con 30 días de antelación. Habría que leer atentamente las cláusulas del contrato para coprobar que ninguna de ellas establece otro procedimiento.
En cuanto a la subida, en principio tampoco procede, aunque habría que analizar las cláusulas del contrato.
Le recomiendo que se ponga en contacto con un abogado para que le asesore a la vista de las cláusulas del contrato firmado.
Saludos,