2 respuestas
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Ángel respondió: Profesional de Certicalia
Hola Francisco,
La instalación es una obra menor. Sin embargo, debes tener en cuenta lo especificado en la normativa de medio ambiente de Madrid (Ordenanza General de Protección del Medio Ambiente Urbano (OGPMAU), la cuál indica que la instalación de la máquina exterior (condensadora) debe ir instalada en la cubierta del edificio si ésta expulsa más de 1m3/sg. Esto puedes comprobarlo en la ficha técnica del equipo.
Por lo tanto, debes de asegurarte de que cumples normativa, ya que esto afectará a la legalización de los equipos.
Saludos! -
Juan Jose respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días: la instalación de los aparatos exteriores de climatización debe cumplir con una serie de requisitos que no siempre es posible. En particular, caudal de impulsión de aire hacia el exterior y distancias a suelo de la acera, ventanas de viviendas o locales colindantes, etc.
Al tratarse de un local (Actividades Económicas), se deberá tramitar por el procedimiento de Declaración Responsable, aportando una Memoria Técnica y Planos, redactados por un Técnico titulado.
Para más información, no dude en cosultarme a través del mi perfil de Certicalia