3 respuestas
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Salvador respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Gerard,
La ITE obliga a los propietarios de un edificio, con una antigüedad determinada, a contratar una inspección periódica. En vuestro caso caben dos posibilidades:
1.- Que no hagáis constituido la comunidad, ni escrituradas las viviendas en régimen de división horizontal.
2.- Que no hagáis constituido la comunidad, pero tengáis escrituradas las viviendas en división horizontal.
La ITE es obligatoria para LOS PROPIETARIOS del edificio. En el primer supuesto habrá un único propietario, mientras que en el segundo los propietarios serán tantos como viviendas tenga el edificio, con independencia que se haya constituido o no la comunidad.
En éste segundo caso la gestión del cobro será más complicada, puesto que no habrá mecanismos jurídicos que obliguen a todos los propietarios al pago, con lo que algún vecino puede negarse.
Sugerencia: Constitución de la comunidad, Estatutos y posteriormente pasar la ITE.
Espero que te sirva.
Saludos -
Manuel respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Gerard, todos los vecinos tienen la obligación de pagar la ITE, ya sea dividiendo el importe de ésta entre todos los vecinos, o de manera proporcional a los coeficientes que tengan sobre el inmueble.
Respecto a cómo se puede obligar te diré que pasa lo mismo que cuando un vecino no paga la cuota de la comunidad.
Se le debe reclamar vía burofax y si después de varios intentos insiste en no pagar se le puede reclamar vía judicial.
Cuando los importes reclamados son escasos no merece la pena por los costes judiciales.
Otra cosa que se puede hacer es no darle a este vecino copia del informe ITE, de modo que si quiere vender no podrá hacerlo al no disponer de copia de ésta. Pero es probable que no necesite el informe porque no esté pensando en vender su vivienda.
Un saludo
Manuel García -
Raul respondió: Profesional de Certicalia
Buenos dias Gerard, pues a la fuerza tiene mal arreglo, como en todos los casos que alguien no quiere pagar. denunciando y esperando unos 5 años a que resuelva un juez (porque la cantidad es ridícula y no hay daño ni nada grave), y si luego él sigue negándose, pues le embargaran el importe reclamado más una pequeño multa proporcional más las costas del juicio (que serán mucho más que la ITE y los daños y perjuicios)
Cuando son cantidades tan pequeñas vale la pena intentar hacerle ver que es lo mejor para todos, al final toca a unos 200 por vivienda y sin ello no se puede vender, por ejemplo. Incluso si pasa un drama grande en alguna casa tendríais problemas con el seguro para que cubriese, es como ir sin ITV con el coche...
Un saludo!