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Dionisio respondió: Profesional de Certicalia
Buenos Días, Belén:
Entiendo por su pregunta que usted tiene una parcela, (bien inmueble), y supongo que es rústica, (no urbana), Y que no está registrada en la base ce Catastro.
Si usted tiene documentada la compra, ó transmitida a su nombre, la parcela puede solicitar a Catastro el inicio del procedimiento de subsanación de Discrepancias para dar de alta la parcela en Catastro. Para este tiene que demostrale a catastro la existencia de los linderos de la parcela, y que no se opone a este deslinde ninguno de los propetarios de sus colindantes.
Si tiene constancia que la parcela está registrada, puede solicitar nota de ello al Regisro de la Propiedad que le corresponda. Este trámite se puede hacer a través de la web de los Registradores, y así evita desplazamientos.
Un saludo,
Dionisio replicó:
ProfesionalBelén: En este caso debe llamar a la "Linea Directa de Catastro=> 913874550", y le expóngale su caso. Pues aunque El ayuntamiento "solo" pasa el recibo del IBI, el competente es el Estado. Pues según articulo 4 (COMPETENCIAS), de "Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario"; "La formación y el mantenimiento del Catastro Inmobiliario, así como la difusión de la información catastral, es de competencia exclusiva del Estado". Asi que si le pone pegas el ayuntamiento, dígaselo a Catastro para que "espabile" al ayuntamiento. Un saludo.
Belén replicó:
ParticularBuenas, es una Parcela rústica que no coincide con el Catastro el numero de referencia, Catastro con Registro. El recibo del IBI viene a nombre de otra persona, que dice que es el dueño por pagarlo. Yo compré una parcela de segregación e hice ante Notario la Compraventa y registe en el Registro, después a unos años, hice una casa todo con permisos, también con escritura de obra nueva y registrada...El Ayuntamiento pasa los recibos del IBI a otra persona que paga, y a mí no me hacen caso.....Muchas gracias