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Gabriel respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Miguel,
Para legalizar una construcción lo primero que tienes que saber es el año de construcción de esa planta nueva y dependiendiendo de los años transcurridos puedes legalizarla o no. La legislación te permite legalizar una construcción ya ejecutada durante los 6 años posteriores a su finalización o en su defecto durante los 6 años posteriores a su primera aparición en un organismo público oficial, como puede ser el catastro. Si han pasado mas de 6 años no es posible su legalización pero si te puedes acoger a un régimen que existe que de denomina AFO (Asimilado a Fuera de Ordenación) que es una situación intermedia, no sería legal pero es obligatorio inscribirse en dicho régimen si quieres realizar cualquier tipo de obra en la vivienda y que el ayuntamiento te de los permisos necesarios para ello.
Nuestro estudio realiza el proyecto de legalización o de AFO, dependiendo cual se pueda aplicar en tú caso. Si estas interesado en realizarlo con nosotros nos ponemos en contacto y te mandamos un presupuesto.
Gracias.
Un saludo.