2 respuestas
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
En principio es legalizable, pero para asegurarnos deberíamos conocer la ubicación exacta del sondeo.
Lo primero que hay que hacer es estudiar la viabilidad del caso, existencia de sondeos cercanos, etc.. Así mismo se debe comprobar si existe algún documento de cuando se hizo, puesto que podría ser legalizable como aprovechamiento anterior a la Ley de Aguas. En caso de ser viable, se solicita permiso para el aprovechamiento de aguas subterráneas a Confederación, que tiene trámites distintos en función del volumen anual a extraer (según sea menor o mayor de 7.000 m3/año). Una vez obtenido el permiso de aprovechamiento o concesión se legaliza el sondeo ante el servicio de industria y minas de la comunidad. El volumen de agua concedida irá en proporción de las necesidades del cultivo, para lo que es necesario realizar un informe agronómico. Puede ponerse en contacto con nosotros y le daremos presupuesto para asesorarle en todo el proceso. Espero haberle servido de ayuda. -
Ingenia2 respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días,
El requisito principal es que no se extraigan más de 7.000 m3 de agua al año y que ese agua se utilice dentro de la misma parcela registral.
La documentación necesaria será:
- Modelo de solicitud.
- Escrituras de propiedad de la finca compulsadas, o nota simple del registro de la propiedad.
- Plano catastral de la finca. con indicación de la parcela, polígono y nº de inscripción registral, marcando la situación del pozo, obras a ejecutar o marcar la zona donde se utilizará el agua en el caso de riego.
- Hoja del Instituto Geográfico Nacional a escala 1:50.000 señalando el pozo.
- Memoria descriptiva del aprovechamiento.
- Justificación de la dotación de agua solicitada (debe ser acorde con el uso que se le va a dar evitando despilfarros).
Un saludo