1 respuestas
-
María Del Carmen respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes, Joaquín. Una pequeña construcción para aperos no es considerada obra de edificación, así que no necesariamente tiene que ser un arquitecto el que realice el proyecto (también puede firmarlo un aparejador, etc.) Pero ojo, estamos hablando de construcción destinada a aperos de labranza... nunca se podría destinar a uso residencial. Un saludo.