1 respuestas
-
José Alberto respondió: Profesional de Certicalia
Hola Renato,
La Ordenanza de Comercio Alimentario exige para los comercios de pastelería con venta al público, una superficie mínima de venta al público de 30 m2 y 7 m2 para almacén, por tanto, me temo que el local que estas mirando de 40 m2 se te queda pequeño. La actividad está sujeta al régimen de licencia anexo III.2, que requiere de proyecto técnico e inspección por parte de una EAC, además en principio, también deberíamos tramitar el comunicado de obras.
En cuanto al local no es necesario disponer de chimenea siempre y cuando la potencia de los hornos sea inferior a 7 kW.
Un saludo.