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Jose Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Las parcelas rústicas solo pueden ser divididas en unidades mínimas de cultivo que, en el caso de Andalucía, son de 2,5 hectáreas para tierras de regadío y 5 hectáreas para tierras de secano; por tanto ,para que una parcela pueda ser segregada debe tener como mínimo el doble, o sea, 5 hectáreas y 6 hectáreas respectivamente, de manera que al dividirla queden dos parcelas iguales a la unidad mínima de cultivo en cada caso.
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Jose Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Usted lo que necesita es un informe urbanístico de su vida parcela, en la que se incluya la parcela mínima para poder segregar. Esto depende de cada municipio, de la tipología asignada y de la clasificación del suelo.
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Fran respondió: Profesional de Certicalia
Hola, lo primero que hay que saber es si es finca rústica o urbana, si es rústica 2500 m2 si es de regadío y 10.000 si es de secano, en urbano hay que ver el plan de ordenación urbanística de la ciudad