3 respuestas
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Maria Jose respondió: Particular
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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Estimada María José,
Para el certificado energético la entidad, sea del tipo que sea, no tiene que tener calefacción. De hecho, si es un simple local, no tiene que tener ninguna instalación. En el caso de que sea ya una vivienda (que no es el caso), lo único imprescindible es que tenga un generador de Agua Caliente Sanitaria.
Con la cédula de habitabilidad es otra cosa totalmente distinta. Las cédulas de habitabilidad solamente se pueden sacar de viviendas, por tanto, antes habría que realizar un cambio de uso de esa construcción. El cambio de uso tiene dos fases 1) Una en la que se mira si es viable urbanísticamente y por normativa de habitabilidad 2) Otra en la que se redacta el proyecto de cambio de uso y se ejecuta la obra, si la hubiere. Finalmente, se concede la cédula de primera ocupación con el fin de obra.
Espero haberla ayudado. Cada proyecto es diferente y se necesita contar con un arquitecto. -
Eduardo respondió: Profesional de Certicalia
No, necesita tener instalación de agua caliente y ventanas, pero no es obligatorio que tenga calefacción.
Maria Jose replicó:
ParticularMuchas gracias.