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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Sr. José Luis,
En primer lugar, normalmente la cédula de habitabilidad y, en general, cualquier documentación de un inmueble es responsable del propietario y no del inquilino, salvo que se haya llegado a un acuerdo entre ambas partes.
Dicho esto, si la cédula está caducada no significa que no exista, sino que existe y no está en vigor porque ha pasado su periodo de vigencia, que en la actualidad es de unos quince años en Cataluña, donde ejerzo. Para renovarla, se tiene que constatar por parte de un técnico que cumple la normativa de habitabilidad corrrespondiente al año de construcción y solicitarla de nuevo a la Administración correspondiente.
Por otra parte, desconozco cómo es la normativa en Valencia, pero en Cataluña para alquilar una vivienda es obligatorio que disponga de la cédula de habitabilidad, por tanto, yo preguntaría en el Ayuntamiento al respecto. Si le han alquilado la vivienda sin cédula y es obligatorio que la tenga, el dueño está incurriendo en una irregularidad manifiesta.
Por último, sinceramente le recomiendo que ante propietarios que se lavan las manos y se desentienden de sus viviendas, no realice más dispendios de dinero si observa que hay nula respuesta o voluntad por parte de su casero y me plantearía incluso abandonar el inmueble.
Un cordial saludo,