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Luis respondió: Profesional de Certicalia
Hola Raquel,
Ten en cuenta que para que el registrador inscriba una operación sobre un inmueble, debe presentársele la escritura original con el sello de haber liquidado el impuesto que corresponda ante la Hacienda autonómica (si es una compraventa, será el de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, si es una herencia, el de sucesiones, etc.). Desde el momento en el que el interesado (comprador, heredero, etc.) presenta y abona el impuesto (mediante un impreso denominado "autoliquidación"), Hacienda tiene cuatro años para efectuar comprobaciones, y la más habitual es que el importe que se declaró en la operación no esté por debajo de unos valores mínimos. Esto es a lo que se refiere la anotación que comentas. Es totalmente normal por lo tanto que aparezca. En caso de que se llevara a cabo esa comprobación y Hacienda detectara que el valor declarado en 2019 era excesivamente bajo, solicitaría al interesado (que no eres tú, sino quien abonara ese impuesto en ese momento) que abonara el impuesto correspondiente a la diferencia, y lo haría presentándole una declaración complementaria para su abono.
Un saludo, Luis