5 respuestas
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José L. Rodríguez Vega respondió: Particular
Recientemente, me llaman de la empresa mantenedora del ascensor comunitario para decirme que debemos cambiar el diferencial por otro "superinmunizado", con un ppto. de unos 400 €, (40 A, 30 mA) pudiendo hacerlo ellos u otro instalador. Llamo a un instalador y me dice que "¡la normativa (Madrid) prohibe la instalación de diferenciales superinmunizados en ascensores y calderas de calefacción!". Espero alguna opinión autorizada. Gracias.
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David respondió: Profesional de Certicalia
Para poder realizar un certificado de una instalación eléctrica existen distintas normas con respecto a los diferenciales, pero en ningún caso es obligatorio que sean inmunizados.
Las normas exigen que su sensibilidad sea de 30 miliamperios y que cada diferencial alimente un máximo de 5 automáticos.
Los diferenciales superinmunizados se emplean en instalaciones dónde existen perturbaciones en las redes y en locales o edificios donde existen distintos puestos de trabajo con ordenadores los cuales suelen provocar saltos intespectivos.
Espero pueda ser de ayuda y utilidad mi respuesta.
Atentamente David -
Miguel respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes.
La protección ante derivaciones mediante interruptores automaticos diferenciales es obligatoria segun el Reglamento Electrotécnico de baja tensión, ahora bien, en ningún caso es obligatorio el uso de diferenciales "Clase A" que es el tipo de diferencial a que pertenecen los diferenciales super-inmunizados (Es el nombre de un modelo de diferencial Clase A de la marca Schnneider)
Con tener diferenciales Clase AC es suficiente ,
Espero haber respondido a su pregunta.
Saludos -
Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Creo que debe pedir opinión a otro instalador. El diferencial superinmunizado no es obligatorio. Es cierto que puede venir bien en determinadas instalaciones con muchos equipos informáticos o con vecinos que puedan introducir "fallos" en la red eléctrica que hagan saltar el diferencial. Si como dice lo tiene instalado desde hace un año y no existen saltos continuos del diferencial no solo no hay obligación, sino que no veo la necesidad de poner un superinmunizado.
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Xavier respondió: Profesional de Certicalia
Hola buenas .
Los Interruptores Diferenciales ( ID) tienen de garantizar la protección contra contactos indirectos de todos los circuitos, con una intensidad diferencial-residual máxima de 30 mA o lo que es lo mismo 0,03 A e intensidad asignada superior o igual a la intensidad nominal del Interruptor general (IGA ) , según ITC-BT-24 del Real decreto 842/2002 . En caso contrario no cumplen la normativa REBT 2002 y no se puede expedir el boletín favorable.
Espero haber contestado a tu pregunta .