5 respuestas
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Juan respondió: Profesional de Certicalia
Sí, el notario está obligado a exigirte el certificado y la cédula o un justificante conforme se ha llevado a trámite (que en ningún caso es válido pero sí que se puede usar para empezar los trámites).
Saludos, -
Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
En efecto, Carla, ambos trámites son obligatorios en Cataluña desde Junio de 2013.
Yo te recomiendo que si tienes intención de vender o alquilar tu piso, los encargues cuanto antes para no ir a contrarreloj. El certificado energético suele aprobarse en dos días desde su trámite, pero la cédula, en una media de tres semanas, y por experiencia en cientos de expedientes, no es conveniente ir con el tiempo y los plazos justos. Además, el certificado energético tiene una validez de 10 años, y la cédula, de 15.
Un saludo -
Antoni respondió: Profesional de Certicalia
Siguiendo con la respuesta:
La validez del certificado es de 10 años y la cédula 15 años. Puedes gestionarlo cuando quieras, teniendo en cuenta que para publicitar la venta debes disponer del certificado y para escriturar debes disponer de la cédula. El tiempo para la obtención completa de un certificado es inferior a 1 semana, pero para la cédula la Generalitat tarda entre 4-6 semanas en otorgarla en la provincia de Barcelona.
Un saludo. -
Antoni respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Carla,
Para vender tu piso sí que es obligatorio disponer del certificado de eficiencia energética y la cédula de habitabilidad vigentes.
El certificado lo necesitas, ya en el momento en que quieras hacer publicidad de la venta, puesto que debes informar de la calificación energética que tiene el piso. Posteriormente, debes entregar el mismo, junto con la cédula, al notario en el momento de escriturar la venta.
Cordiales saludos,
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Jose Mª respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días.
Si son documentos obligatorios para la compraventa de un inmueble. El certificado energético es obligatorio para la exposición pública para la venta y la cédula es para el día de la escritura ante notario.
La vigencia del certificado energético es de 10 años y el de la cédula es de 15 años.
Para obtener la cédula antes de la compraventa, recomiendo tramitarla unos meses antes ya que suele tardar 30 dias pero puede alargarse en el tiempo por requerimientos de la Generalitat.
SaludosCarla replicó:
ParticularGracias por vuestra respuesta Juan, Alejandro, Antoni y Jose M. que ha clarificado muy bien todas mis dudas,