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Gorka respondió: Profesional de Certicalia
Hola Javier,
Parece un surtido de temas de cierta complejidad legal, de la cual, la parte técnica podría, como mucho, dejar constancia de las circunstancias existentes actualmente. Un plano topográfico sería el primer tema técnico a resolver. Si las partes involucradas no están conformes, imagino que lo correcto sería acudir a los abogados para resolver los diferentes conflictos, bien vía mediación, o bien vía judicial civil.
Respecto al problema del camino público, por lo que he entendido, parece haber un conflicto entre propiedad privada y propiedad pública. En ese caso podría requerirse del ayuntamiento para que se posicione y proponga una solucion a la parte que se refiere a los intereses públicos. A lo mejor toca resolver un expediente de cesión, expropiación o compra-venta por convenio.
Respecto a las lindes, lo que es vinculante es siempre primero las escrituras públicas de propiedad que consten en el Registro de la Propiedad. Cuando éstas no reflejen correctamente la realidad, se puede utilizar secundariamente otros datos, como los del Catastro o contratos civiles no elevados a escritura pública.
Parece bastante evidente que necesitas la ayuda de un profesional, que estudie toda la documentación detenidamente, y te asesore sobre las posibilidades.
Saludos
Javier Aramburu replicó:
ParticularBuenos días Gorka, Bueno gracias! quizá más adelante sí necesite asesoramiento profesional. De momento, ya sea por tozudez innata o suerte, creo que voy avanzando, lo que sugiere que tal vez la problemática sea más general que particular. Respecto a las lindes me confirma que lo vinculante es el registro, en el cual desde la ley 2015 se inscriben las coordenadas georeferenciadas de los vértices de la finca (fichero GML), no la cartografía catastral como dije antes erróneamente, aunque las coordenadas catastrales tienen prevalencia (pescadilla que se muerde la cola). Sobre la calidad de estos datos, copio lo que dice un registrador: "Es público y notorio que la cartografía catastral, (probablemente por haberse elaborado cuando no se disponía de medios de georreferenciación precisos), está desplazada en muchas zonas del territorio, con lo cual, en tales casos, las coordenadas catastrales UTM son erróneas." y un técnico topógrafo: "la cartografía que se utiliza en España para medir las propiedades (generalmente el plano catastral), es generalmente errónea y de muy mala calidad, casi nunca coincide con la superficie real de la propiedad. Yo tengo 20 años de profesión y nunca me ha coincidido la superficie catastral o registral con la superficie real. Yo lo que te recomiendo es que hagas una medición sobre el terreno." En resumen, si los problemas de desplazamiento y giro que surgen son tan comunes que parecen ser la regla, y si la pretendida (no real) precisión posicional de las coordenadas catastrales es de 1m en urbana y 2.5m en rústica, me pregunto por qué los sufridos peatones hemos de pagar esta descoordinación catastro-registro. Saludos