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Alfredo respondió: Profesional de Certicalia
Buenas Pilar.
Según la ELey 15/1995, de 30 de mayo, sobre limites del dominio sobre inmuebles para eliminar barreras arquitectónicas a las personas con discapacidad (BOE de 31 de mayo de 1.995) nos dice que: "Dentro del campo de aplicación se encuentran las personas con discapacidad, pero se establece expresamente que son directamente aplicables por los mayores de setenta años sin que sea necesario que acrediten su discapacidad con certificado de discapacidad."
Por ello, vuestra propuesta es respaldable a tal efecto.
Así mismo, le dejo un link en el que podrá leer algunas cosas y resolver dudas al respecto:
https://www.discapnet.es/areas-tematicas/derechos/preguntas-y-respuestas/accesibilidad-y-propiedad-horizontal#9
Un saludo