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Albert respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días. Creo recordar que el contrato de alquiler de una habitación va regulado por el código civil y no por la LAU, ley de arrendamientos urbanos. por este motivo, la principal diferencia es la duración, que no va estipulado, la duración del contrato del alquiler de una habitación será exactamente la que se pacte en el contrato. Por eso, es muy importante un buen contrato, tiene que quedar todo muy bien reflejado para que no haya conflictos, aspectos como: el precio y la forma de pago, la duración del contrato, los derechos en la vivienda, cocina, interent, etc., como se dividiran los gastos, y si el inquilino puede subarrendar o no su habitación, ya que el código civil lo permite.
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Javier respondió: Profesional de Certicalia
Hola, el contrato de alquiler, segun la L.A.U., es libremente pactada por las partes, y siempre que no haya acuerdo, se aplicará tal Ley. En cuanto a la duracion, se suele hacer anual, en el caso de estudiantes, o mas bien por periodo lectivo, ya que luego vuelven a sus casas. En todo caso, se puede pactar de cualquier forma, siempre que haya acuardo entre las partes.