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Jose respondió: Profesional de Certicalia
Hola Yolanda.
La Normativa, no ampara la duplicidad uso. Ese decir, dos aprovechamientos no pueden ser usados para lo mismo, porque lo considera indebido.
Parece, que, tiene un derecho de aprovechamiento de la sección A de una comunidad de regantes, y ha solicitado o bien han advertido un derecho se la sección B o de la A; para usarlo en la misma finca y para el mismo uso.
No conozco su finca, pero, a pesar de que ya tiene un problema, y es delicado, puede, y no le doy garantías, intentar darle solución acreditando que el uso de su captación es distinto que el uso de los derechos adquiridos para la comunidad de regantes.
Le pongo un ejemplo: si usted tiene adquiridos los derechos de la comunidad de regantes para el riego de olivar... para su pozo solicita uso doméstico. De esta forma no hay duplicidad de uso en la misma finca.
No le doy garantías debido a que no ha habido anticipación, pero me parece una salida lógica y coherente.
Para doméstico, evidentemente debe haber alguna edificación o nave, y por supuesto con sus licencias, y además que no tenga toma de la red municipal, y sea técnicamente y económicamente inviable.
Lo ideal, es que contacte con un profesional en la materia; y en el caso de denegación en resolución, con el abogado ir al contencioso.
Un saludo, y suerte.