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Mikel respondió: Profesional de Certicalia
Hola, se puede convertir una nave, una lonja, etc… en una vivienda siempre que el suelo en dónde esté ubicada permita el uso residencial o de vivienda. Es decir, en un polígono industrial, en donde solo se permite el uso industrial, no se podría. Tampoco en el campo, en donde solo se permiten actividades agropecuarias y construcciones y actividades relacionadas con ese uso agrario o pecuario (ganadero).
Ese espacio al que se le va cambiar el uso, deberá cumplir la normativa de habitabilidad de la comunidad autónoma en donde está. Es muy similar, pero con matices e interpretaciones diferentes.
Esta normativa se deberá cumplir una vez terminada la reforma.
Las condiciones mínimas de Habitabilidad se refieren a los requisitos que debe tener en edificio: Servicios e instalaciones, Condiciones de seguridad, Accesos, Circulaciones interiores, etc…Si el edifico tiene más viviendas seguro las cumple. En cualquier caso, conviene analizarlo.
La vivienda, una vez acondicionada la nave deberá cumplir unas determinadas condiciones. Deberá tener unas determinadas habitaciones (Cumplir un programa) Cocina, comedor, baño, dormitorio,… cada habitación deberá tener una superficie mínima y una altura determinada. Cada espacio deberá tener una iluminación y ventilación directas desde espacio exterior o patio. Los huecos tendrán una superficie no inferior a 0,8 m² ni al 8% de la superficie útil de los primeros 20 m² de la habitación, las cocinas dispondrán de ventilación por tiro forzado, Los aseos que no dispongan de ventilación directa, deberán estar provistos de un conducto de ventilación por tiro forzado etc…
Se debe analizar el local a convertir en vivienda estudiando la manera mejor y más económica de cumplir la normativa de Habitabilidad.
Espero haber aclarado las dudas. Quedo a tu disposición. Un saludo. Mikel