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Albert respondió: Profesional de Certicalia
Buenas Genís,
El procedimiento es el siguiente: Proyecto de legalización/reforma/obras para posteriormente hacer a la vez Declaración de Obra Nueva y División Horizontal en la escritura pública que vas a realizar en Notaría. Ésta se encargará de enviarlo al Registro de la Propiedad y Catastro. Todo ello queda condicionado a: Si la normativa urbanística del municipio la clave urbanística mediante los parámetros urbanísticos permite vivienda en una planta más lo mismo que para el balcón.
En resumen la normativa urbanística del municipio nos marcará como proceder, ya que el técnico que suscriba el informe/proyecto debe cumplir con ella y que se ajusta a las exigencias mínimas de habitabilidad y Código Técnico de la Edificación.
Por último si las obras fueron construidas sin licencia pero cumplen la normativa urbanística, pasado seis años se pueden legalizar.
El Arquitecte/Aparellador haurà d'informar-se a l'Ajuntament, i després si tot és ok tirar endavant. (No va fa mala pinta per això)
Molta sort Genís!