2 respuestas
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Rocio respondió: Profesional de Certicalia
Buenas Ricardo.
La cuestión que planteas, se regula en el Real Decreto 1627/97. Disposiciones mínimas de seguridad y salud en obras de construcción.
La respuesta a tu pregunta es: SI.
La norma no exige de forma específica que la persona que redacte el Plan de Seguridad y Salud tenga una formación específica.__ Podríamos concluir que puede redactarlo cualquier persona.
El documento, debe de firmarlo el responsable de la empresa Contratista.
Ahora bien, tal y como han comentado anteriormente, el Plan de seguridad y salud debe contemplar las medidas de seguridad y salud a tener en cuenta por el contratista en relación a los trabajos a ejecutar.
Lo ideal es que lo redacte un Técnico de Seguridad y Salud, aunque cualquier persona aplicando el sentido común y con una guía de contenidos mínimos podría redactarlo dedicandole un poco de tiempo.
Además si en la obra a ejecutar hay proyecto, se parte de un documento de seguridad y salud que se llama:
Estudio de Seguridad y Salud o Estudio Básico de Seguridad y Salud (según presupuesto), y este documento si esta redactado por un Ingeniero /Arquitecto o Aparejador y visado por su colegio profesional, y puede servir como base para redactar el Plan.
Espero haber aclarado tu pregunta, cualquier otra consulta que necesites hacer contáctanos desde nuestro perfil de empresa de Certicalia.
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Fernando respondió: Profesional de Certicalia
Hola Ricardo:
El plan de seguridad lo redacta el constructor pero debe ser aprobado por el arquitecto o arquitecto técnico de la dirección facultativa.
Un saludo