2 respuestas
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Angel Custodio respondió: Profesional de Certicalia
La vivienda debe tener Licencia de Primera Ocupación para poder Registrarla como Alojamiento Turístico en la Consejería correspondiente de la Junta de Andalucía. Además la vivienda debe cumplir con una serie de condiciones respecto a equipamiento para contempladas en la normativa correspondiente, así como unas dimensiones mínimas de las habitaciones.
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Pablo Lucas respondió: Profesional de Certicalia
Para alquilar una vivienda por habitaciones hay que inscribir primero la vivienda en el registro de alojamientos turísticos de la Junta de Andalucía, para ello, debe disponer de cédula de habitabilidad, y reunir unos requisitos que establece la ley, además, el dueño debe vivir en la vivienda.