1 respuestas
-
Xavier respondió: Profesional de Certicalia
Hola Alejandro.
Según el Manual de Reformas de Vehículos , Toda modificación o sustitución de las características del sistema de escape: disposición, volumen total, silenciadores,catalizador, tramo de salida , se considera reforma .
En este caso lo mejor es obtener del fabricante BMW un Informe de Conformidad para la sustitución del sistema de escape .
El CR 2-6 del Manual de reformas , indica que se necesitará este Informe de Conformidad del fabricante o de un servicio técnico de reformas homologado. También de un certificado de taller que ha hecho la sustitución o modificación .
Estos dos certificados son los que te pedirán en la ITV si consideran que se ha hecho una reforma o modificación del sistema de escape .
No se considerará reforma la sustitución de silenciosos por otros que cumplan la Directiva 96/20/CE o la sustitución de
catalizadores por otros que cumplan la Directiva 98/77/CE.
Se entiende por tramo de salida, el comprendido entre el último silencioso y la salida. No se considera reforma la modificación
del tramo de salida para la instalación de un embellecedor de escape si no afecta al silencioso trasero o no introduce cambios
importantes en la geometría (simple-doble salida).
Si esta reforma supone modificación de la potencia máxima, se tramitará además la reforma 2.9.
Se admitirá el nivel de emisiones a fecha de matriculación del vehículo.
Nos puede contactar si necesita de alguna información adicional. Gracias.
Saludos