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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Respondiendo a su pregunta, el que la finca sea rústica quiere decir que está destinada al cultivo o pastos, sin que se pueda en principio edificar, salvo ciertas excepciones. En caso de que la finca tenga construcciones (vivienda, almacenes, etc.) debe usted comprobar que éstas están correctamente legalizadas, para lo que conviene examinar la información del registro de la propiedad y, en caso necesario consultar al ayuntamiento o a un profesional. En general, como en cualquier compra de un inmueble (rústico o urbano), es recomendable acudir a un profesional que verifique si la finca está sujeta a algún tipo de cargas urbanísticas (fuera de ordenación, futuros desarrollos, etc) o de cualquier tipo (servidumbres, carreteras, dominio público, zonas protegidas, etc.) que hagan disminuir su valor.