2 respuestas
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M.angels respondió: Profesional de Certicalia
Hola David,
Si el piso no tiene cédula de primera ocupación, cuando se tramita la cédula de habitabilidad de segunda ocupación, el técnico tiene que adjuntar un documento de: Declaración responsable de la antigüedad de la vivienda para la tramitación de la cédula de habitabilidad de segunda ocupación
http://web.gencat.cat/ca/tramits/tramits-temes/Cedula-dhabitabilitat-de-segona-ocupacio-00002
el propietario no tiene que hacer nada, este proceso es nuevo de hace más o menos un año, antiguamente es como tu dices
para vender el piso necesitas, cédula y certificado energético, certificado de estar al corriente de pago de la comunidad, espero que te sirva
Un saludo
Angie -
Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Para tramitar la cédula de habitabilidad no hay que pedir ningún certificado de antigüedad al Ayuntamiento.
Es cierto que tiene que tener en regla el certificado energético y la cédula de habitabilidad, trámites que debe llevar un técnico cualificado y colegiado (arquitecto, arquitecto técnico o ingeniero).
Pero no es exacto que usted tenga que pedir al Ayuntamiento un Certificado de Antigüedad. Lo que se tiene que hacer - y además es competencia del técnico que se encargue del proceso - es redactar una DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ANTIGÜEDAD -, y el técnico la añade a los otros documentos necesarios que TAMBIÉN ha redactado: CERTIFICADO DE HABITABILIDAD VISADO y, si la hubiese, la CÉDULA CADUCADA.
Esa declaración responsable de antigüedad debe estar basada en datos que figuren en las escrituras, documentos de registro de la propiedad o similares que obren en poder del propietario. En todo caso, el técnico se encarga de todo y usted no tiene que pedir nada al Ayuntamiento.