2 respuestas
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Bárbara respondió: Particular
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Jose Mª respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días.
El vendedor debe tener por obligación el Certificado de Aptitud definitivo o provisional.
Para realizar la compraventa, o bien se tiene este documento o bien el comprador exonera la obligación.
En el caso que firmen dicha exoneración, deberán asumir todos los gastos que comporte la rehabilitación del edificio, según lo que indique el informe del técnico que ha realizado la inspección, y si no se ha realizado, también el coste de dicho informe.
Si no firman el documento, no puede realizarse la compraventa.
La ITE, tengan en cuenta que es un documento que precisamente intenta proteger al comprador para evitar desengaños y sobre costes.
SaludosLuisa replicó:
ParticularHola José María Tengo noticia de que en mi comunidad, que tiene cuatro viviendas, una de ellas "ha sido alquilada con derecho a compra"...tenemos que realizar una reparación algo costosa que ha sido APROBADA en Junta Extraordinaria...los inquilinos, que solo llevan ocho meses, parece ser que han redactado un "documento con abogado" donde se ha fijado el precio de la vivienda y de todos los gastos posteriores que vengan, referentes a la comunidad, se harían cargo los nuevos " inquilinos con derecho a compra".... EN EL SUPUESTO DE QUE LOS NUEVOS INQUILINOS CON DERECHO A COMPRA NO PAGUEN LA DERRAMA CORRESPONDIENTE A LA REPARACIÓN.....¿ESTÁN OBLIGADOS LOS PROPIETARIOS A PAGAR ESTA OBRA, aunque hayan firmado con estos INQUILINOS el documento privado con abogado donde se recoge que todos los pagos posteriores a esta firma los asume el inquilino??? Gracias