2 respuestas
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Ivan respondió: Profesional de Certicalia
Un inmueble no finalizado, no es habitable. La cédula que obtendrás será la Cédula de segunda ocupación de rehabilitación, una vez finalizada la obra, obtenido el fin de obra visado por el o los colegios profesionales profesionales de arquitectos y aparejadores, comunicado al Ayto... escriturado si es el caso... ETC.
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Andrea respondió: Profesional de Certicalia
Hola buenos días. Efectivamente es necesario tener el suelo pavimentado puesto que uno de los requisitos que han de tener las viviendas según el Decreto de Habitabilidad 141/2012 es que el suelo ha de ser pisable. Por otro lado las puertas entre HABITACIONES no han de existir forzosamente. Lo único que ha de estar debidamente compartimentado es el baño