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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Para arrendamiento de locales la ley no establece el derecho de desistimiento (como si lo hace en el caso de viviendas), por lo tanto en este caso habrá que estar a las cláusulas del contrato. Si no existe cláusula de desistimiento o rescisión anticipada, el arrendador podría llegar a exigirle el importe hasta la finalización del plazo contractual.