3 respuestas
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Jacinto respondió: Profesional de Certicalia
Hola, la división no se puede hacer ya que no cumple con lo que marca la unidad mínima de cultivo. En catastro se puede separar por inmuebles.
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Javier respondió: Profesional de Certicalia
Hola, buenos días
En este caso, considero que el ayuntamiento tiene razón. No se puede hacer una segregación en terreno rústico, cuyas partes resultantes sean menores de la unidad mínima de cultivo. En general, en Cáceres, la unidad mínima de 2.00 Ha (20000 m2) en secano y 0.25 Ha (2500 m2) en regadío. -
Miguel Angel respondió: Profesional de Certicalia
Hola Roberto, efectivamente no se puede hacer una segregación por los motivos que te alegan en el Ayuntamiento, lo que debes de hacer es una declaración catastral en el catastro. Deberás adjuntar las Escrituras o notas simples registradas en la que figuren todos los propietarios registrales de la parcela y que se modifique el porcentaje de participación en el catastro.