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Maria Jesus Puerta Angulo respondió: Profesional de Certicalia
La solicitud de un estudio hidrológico por parte del ayuntamiento, incluso cuando se trata de un solar urbano, es una práctica que puede considerarse legal y está justificada en varias circunstancias. Estas solicitudes suelen estar enmarcadas dentro de las regulaciones urbanísticas locales y los esfuerzos por garantizar un desarrollo sostenible y seguro dentro del municipio.
Los estudios hidrológicos son importantes para evaluar el impacto que podría tener el desarrollo propuesto en la gestión del agua en el área, incluyendo aspectos como el drenaje, el riesgo de inundaciones y la afectación a los cursos de agua cercanos. En áreas urbanas, aunque el terreno ya esté clasificado como urbano, estos estudios pueden ser necesarios para:
Determinar el riesgo de inundación: Incluso en zonas urbanas, algunos terrenos pueden estar más expuestos a riesgos de inundación debido a su proximidad a ríos, mares o por las características del sistema de drenaje existente.
Planificación de infraestructura de drenaje: Para asegurar que el nuevo desarrollo no afectará negativamente la capacidad de drenaje del área circundante o aumentará el riesgo de inundaciones en otras propiedades.
Cumplimiento de normativas ambientales: En algunos casos, las regulaciones locales o nacionales requieren este tipo de estudios para proteger los recursos hídricos y asegurar que los nuevos desarrollos no tendrán un impacto ambiental negativo significativo.
La legalidad de la solicitud por parte del ayuntamiento dependerá de la normativa urbanística local y de las disposiciones específicas aplicables en su municipio o región. Las ordenanzas municipales pueden establecer criterios detallados sobre cuándo y por qué se requieren estudios adicionales para la aprobación de licencias de obras. -
Ignacio respondió: Profesional de Certicalia
Si. Depende de la ordenación de la zona y condicionado de la misma, pero si.
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Jorge respondió: Profesional de Certicalia
Hola Manuel
Lo más probable es que te pida dicho estudio por alguna motivación. Generalmente, en todos los terrenos localizados en zona de policía (Margen de 100 metros a ambos lados del cauce) es necesario la realización de estudio hidrológico-hidráulico para justificar que la actuación no se encuentra en zona de flujo preferente o zona inundable.
Ahora bien, si se justifica que queda fuera de ambas zonas, podrás realizar la obra sin problema. En el caso de que se localice en zona inundable, podrás realizar la actuación pero deberás adaptar las obras a la inundabilidad, de forma que se reduzca la vulnerabilidad y no se generen nuevos daños a terceros o se incrementen. Por último, si estás en zona de flujo preferente tan solo podrás realizar las obras si el terreno está considerado urbano desde antes de 2016 y de igual forma que en el caso anterior, se deberán realizar las adaptaciones oportunas.
Te animo coloques un aviso en Certicalia y me pondré en contacto contigo para ver tu caso concreto. Te podré dar asesoramiento de forma gratuita y sin compromiso.
Un saludo