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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días, Rubén.
La instalación, según la norma 141/2012 (que puede usted consultar ya que está disponible en Internet), tiene que:
Artículo 6.3 Si la vivienda está situada en un núcleo urbano, o tiene la posibilidad de estar conectada a una red exterior de suministro de energía eléctrica con condiciones económicas similares a las de una vivienda situada en el núcleo urbano, tiene que disponer de una instalación interior de forma que:
a) Tenga un punto de luz con interruptor independiente en cada pieza.
b) Tenga un enchufe para cada aparato de equipo obligatorio.
c) Tenga dos enchufes en la sala y en la cocina, y uno en las habitaciones. En caso de que la sala contenga el equipo de cocina, tiene que disponer como mínimo de cuatro enchufes.
d) No implique un riesgo para las personas ni perturbaciones en el funcionamiento normal de otras instalaciones.
e) Disponga, como mínimo, de un interruptor de control de potencia (ICP).
Tenga en cuenta sobre todo el apartado d). Es decir, que si los fusibles son del año de "la Pera", como se suele decir, o el cableado es del grosor de hilos de teléfono, un electricista tiene que actualizarlo convenientemente.
Por otra parte, los enchufes, aparte de estar en buen estado, no pueden hallarse en zona de prohibición, es decir, a menos de 50 metros de aparatos de cocción o picas de agua o lavabos.
Como siempre, lo mejor es que un arquitecto le asesore de manera personalizada. ¡Un saludo!