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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Por lo que cuenta, habría agotado usted tanto la duración mínima del contrato (5 años) como las prórrogas, que estaban limitadas a un máximo de 3 (según el artículo 10 de la LAU, en su redacción vigente cuanto se firmó el contrato), por lo que podría no tener derecho a una nueva prórroga. Le recomiendo que consulte con un abogado aportando copia del contrato para que pueda asesorarle a la vista de las fechas..