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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes, creo que la información que le han dado no es del todo correcta. Si la vivienda está actualmente registrada es porque se construyó legalmente en base al plan urbanístico existente en ese momento. Desde el momento en que queda fuera del plan urbanístico, la vivienda sigue siendo legal pero en situación de "fuera de ordenación", lo que limita las posibilidades de hacer obras en ellas (en situación de fuera de ordenación solo se permiten obras de conservación u ornato, en ningún caso ampliaciones u obras mayores).
Sin embargo en esta situación no hay ningún problema en subrogar la hipoteca ni en inscribir dicha subrogación. Tampoco hay problema en inscribir la vivienda adquirida (que siempre se inscribirá haciendo constar que está fuera de ordenación). Puede consultar todas estas dudas gratuitamente con su notario. En el ayuntamiento también le informarán de las limitaciones que tiene la vivienda por el plan urbanístico. Eso si, tiene que tener presente que una vivienda fuera de ordenación, por las limitaciones de uso y de modificación que tiene, tiene un precio muy inferior a la hora de adquirirla. Así mismo si la vivienda, por el paso del tiempo o por un infortunio (incendio, inundación, etc), quedase en situación de ruina, no se permitiría su rehabilitación, debiendo pasar al uso que le otorgue a ese suelo el plan urbanístico.