3 respuestas
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Jose respondió: Particular
Buenos días. Estoy mirando de ofertar por una vivienda del sareb que tiene unos 15 años pero resulta que en la nota simple aparece como vivienda unifamiliar en construcción! Entonces para yo comprarla hay que declararla como fin de obra ? O ¿qué necesito? Y otra cosa si la compro aunque sea embargada de otra persona ¿la estoy comprando de Segunda mano? O ¿la estoy comprando como vivienda nueva?. No es lo mismo el impuesto de una vivienda nueva que una de Segunda mano. Como aparecen como vivienda en construcción me preocupa mucho esto
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Jose Antonio respondió: Profesional de Certicalia
Buenos días Ana:
En primer lugar el fin de obra lo tiene que dar el promotor / constructor una vez que el edificio este terminado visado y firmado por Arquitecto y Arquitecto Técnico.
Segundo: Con toda la documentación del edificio la presentan en el Ayuntamiento y este otorga la licencia de primera ocupación.
Tercero: Los pasos siguientes son, registro y notario.
En resumen si el edificio donde está la vivienda que quieres comprar aparece en el catastro COMO NO TERMINADO, no se te ocurra comprarlo. Y resuelve el contrato de arras ya por fraude.
Un saludo.
Solo me arriesgaria a comprar sin fin de obra un chalet, ya que podría terminarlo yo. -
Andrea respondió: Profesional de Certicalia
Buenas tardes Ana,
Para obtener la licencia de primera o segunda ocupación no puede aparecer la vivienda en construcción. Depende del año de construcción que esto tenga mayor o menos facilidad de arreglo. El vendedor debería hacerse cargo de arreglarlo.
Si la vivienda es antigua seguramente puede arreglarse con un certificado de antiguedad, en el que conste que la vivienda está finalizada y es segura y habitable. No es un tramite lento. Un arquitecto tiene que redactar el certificado y visarlo para que con ello pueda hacerse la rectificación en registro. De esta manera ya no aparecerá como vivienda en construcción.
Laia replicó:
ParticularHola, ¿Qué se considera una construcción antigua? Tengo el mismo problema, quiero comprar un piso del sareb que ha sido habitado pero no consta en construcción en el Registro. ¿Puedo sacar la cédula de segunda ocupación y regularizar la situación? La construcción se registró en 2005, ¿es suficientemente antiguo para arreglarlo por otra vía? Gracias