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Maria Jesus Puerta Angulo respondió: Profesional de Certicalia
Hola Juan de Dios,
Respecto a tu pregunta sobre la cesión de una toma de agua en el contexto de una expropiación, es importante considerar que las concesiones de agua otorgadas a comunidades de regantes están reguladas por las leyes de aguas nacionales y las condiciones estipuladas en la concesión misma.
Cuando un terreno es expropiado y si este terreno incluye derechos de agua o infraestructura asociada a una comunidad de regantes, el proceso de expropiación debe contemplar la transferencia de dichos derechos. La posibilidad de ceder la toma de agua a otra comunidad de regantes depende de varios factores:
Normativa Vigente:
Debe consultarse la legislación de aguas aplicable para entender las condiciones bajo las cuales los derechos de agua pueden ser transferidos. La Ley de Aguas en España, por ejemplo, establece los marcos dentro de los cuales se pueden realizar cambios en la titularidad de los derechos de uso del agua.
Condiciones de la Concesión:
La concesión otorgada a la comunidad de regantes original contendrá términos específicos que pueden permitir o restringir la transferencia de los derechos de agua a terceros.
Acuerdo de las Partes:
Cualquier cambio en la titularidad o el uso de los derechos de agua generalmente requiere el acuerdo de todas las partes interesadas, incluyendo la comunidad de regantes actual, la potencial comunidad beneficiaria, y la autoridad de cuenca correspondiente.
Procedimiento Administrativo:
Para realizar una cesión, es necesario seguir un procedimiento administrativo que suele implicar la presentación de una solicitud a la autoridad competente, que en España sería la Confederación Hidrográfica respectiva, para su evaluación y aprobación.
Impacto y Viabilidad:
Además, se debe evaluar el impacto hidrológico y ambiental de la transferencia de la toma de agua y su viabilidad técnica y legal. Esto incluye asegurarse de que la nueva comunidad de regantes pueda gestionar eficientemente la toma de agua sin afectar los derechos de terceros o el ecosistema.
Recomiendo consultar con un abogado especializado en derecho de aguas o con la autoridad de cuenca para obtener asesoramiento legal específico y proceder correctamente según las normativas aplicables y los procedimientos establecidos.
Espero que esta información te sea de utilidad y te deseo la mejor de las suertes en la gestión de este proceso.
Podemos ayudarte con estos tramites.Somos expertos en ley de aguas.
Saludos cordiales,