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José Andrés respondió: Profesional de Certicalia
Bue os días, lo primero es saber si en la escritura los metros cuadrados son construidos o útiles, ya que en catastro únicamente se trabaja con metros construidos.
Si el caso fuese que la escritura hace referencia a los metros construidos, se puede presentar una rectificación de las características del inmueble y así se podría actualizar a la fecha origen del mismo, si se presenta una discrepància los efectos tributarios serán al año siguiente de la presentación.
Si en la escritura se habla de metros útiles, en principio se entiende que la superficie correcta es la de catastro, para hacer la transformación de metros útiles a construidos, hay que incrementar la superficie ie en un 15% aproximadamente, según las características de la construcción