1 respuestas
-
Josep respondió: Profesional de Certicalia
No puede, "DEBE" hacer la Inspección, tecnica del edificio, que es obligatorio a partir del momento de que el immuble cumpla los 45 años, en caso de no hacerlo pueden recibir sanciones de la admnistración. la normativa siempre hable de propietarios no de comunidad,...
Dejado de lado que la inspección debe de hacerse, y en caso de existir deficiencias se debe de programar la reparaciones,. de todos los "elementos comunitarios" afectados.
La Generalitat de Catalunya propone, segun decreto 67/2015 uns tasas orientivas del coste de la inspeción y de la tramitación del Certificado de Aptitud