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Xavier respondió: Profesional de Certicalia
Lo normal es que se haga una valoración por el método de descrito en la orden ECO/805/2003 de 27 de marzo , sobre normas de valoraciones de bienes inmuebles y de determinados derechos para ciertas finalidades financieras .
Se han de tener en cuenta las posteriores modificaciones a esta Orden como la EHA/3011/2007 de 4 de Octubre y los criterios de valoración según la Ley del suelo y rehabilitación RD 7/2015 de 30 de octubre así como del Reglamento de Valoraciones de la Ley del Suelo 1492/2011 de 24 de octubre.
En su caso se podria aplicar el método de comparación de muestras y aplicar los coeficientes correctores oportunos para obtener el valor de mercado a fecha de defunción del 2017 .
No dude en contactar ( info@certify.es) en caso de necesitar más información .
Un saludo