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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
En principio tributará en IRPF por la ganancia patrimonial (precio de venta - precio de compra) al tipo impositivo del ahorro que es como máximo del 23% (tramos entre 19-23%). Para tener en cuenta las reformas tendría que disponer de todas las facturas y analizar bien el caso, ya que no todas las cantidades invertidas son deducibles. En ocasiones es importante como se especifique en la escritura de venta los distintos elementos (por ejemplo, especificar el precio separado de terreno, casa de madera, muebles, etc.)