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Daniel J. respondió: Profesional de Certicalia
Propiedades rústicas.
El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Aquí el sujeto pasivo es el comprador, deberá pagarse dentro de los 30 días hábiles siguientes a la firma de la escritura de compraventa, mediante autoliquidación a través del modelo 600, con la copia autorizada y la simple entregada por la notaría.
- Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: lo paga el Comprador.