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Felipe respondió: Profesional de Certicalia
Puedes ceder tu actividad para que otra persona o empresa para que esta actividad sea ejercida por ellos. En estos casos el propietario del apartamento no se ocupa de ninguna gestión con las personas turistas y además debe hacerse constar en un documento o contrato que así lo especifique.
Pero si es una venta y dado que a nuestros efectos quien ejerce la actividad se considera Titular de la Actividad, el nuevo propietario sería el responsable de atender a las personas turistas y de cumplir con los requisitos establecidos para esta actividad.
Pero si darse de alta en la Junta es un proceso rápido dado que se tiene ya la Licencia de Primera Ocupación que se debió entregar en su anterior registro, y su coste es cero euros. Lo mejor es volverse a dar de alta y registro en la Junta de Andalucía. o también tenemos la posibilidad del actual concesionario de la actividad pueda:
Modificar titular / representante. Modificar otros datos o el cese de la misma en la siguiente dirección.
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/turismoregeneracionjusticiayadministracionlocal/areas/turismo/registro-turismo/paginas/viviendas-turisticas.html
Y desde el mismo enlace tenemos también para el inicio de la actividad como vivienda con fines turísticos deberá cumplimentar y presentar el formulario de “declaración responsable para inicio o ejercicio de la actividad” en el que declare, entre otros extremos, que cumple con la normativa vigente para ejercer la actividad, normativa que entró en vigor el 11 de Mayo del 2016. El trámite debe realizarse obligatoriamente con certificado digital obtenido por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre.
Un Saludo
Felipe Bravo
Ingeniero de Edificación
Arquitecto Técnico
Técnico superior en Prevención de Riesgos Laborales
Project, Facility y Property Manager.