2 respuestas
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Germán respondió: Profesional de Certicalia
No. El RD 235/2013 queda derogado por el RD 390/2021, en vigor desde el 03/06/2021. Este Real Decreto en su artículo 6º punto 5 dice textualmente. "Durante el proceso de certificación, el técnico competente realizará al menos una visita al inmueble, con una antelación máxima de tres meses antes de la emisión del certificado, para realizar las tomas de datos, pruebas y comprobaciones necesarias para la correcta realización del certificado de eficiencia energética del edificio o de la parte del mismo." El técnico ayudante es un colaborador que no puede suplantar al técnico competente que va a firmar el certificado.
Germán replicó:
ProfesionalLa pregunta original es si puede un técnico firmar un certificado sin visitar un inmueble, si la visita y la toma de datos ha sido realizada por un técnico colaborador. Le recomiendo que lea el RD 390/2021 para que entienda que la visita del técnico competente es indispensable. Puede contar con la colaboración de un técnico ayudante para la toma de datos, pero no puede justificar que no ha realizado la visita porque ha sido realizada por un colaborador. De ahí que hable de "suplantar",según la RAE, ocupar con malas artes el lugar de alguien, defraudándole el derecho, empleo o favor que disfrutaba. Yo como técnico no firmaría un certificado sin realizar prersonalmente la visita y como usuario no aceptaría un certificado si el técnico competente que lo firma no ha realizado la visita. Pero como usted dice ésta solo es mi interpretación.
Carlos replicó:
ProfesionalQue "el técnico ayudante es un colaborador que no puede suplantar al técnico competente que va a firmar el certificado" es una interpetación suya. Yo entiendo que el técnico competente que va a firmar el certificado puede contar con la ayuda del técnico ayudante competente en el proceso de certificación energética de eficicios para realizar al menos una visita al inmueble, con una antelación máxima de tres meses antes de la emisión del certificado, para realizar las tomas de datos, pruebas y comprobaciones necesarias para la correcta realización del certificado de eficiencia energética del edificio o de la parte del mismo.
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Carlos respondió: Profesional de Certicalia
El RD 235/2013 también recoge la figura del ayudante del proceso de certificación energética de edificios, en el mismo artículo 1 pero en el apartado q):
Técnico ayudante del proceso de certificación energética de edificios: técnico que esté en posesión de un título de formación profesional, entre cuyas competencias se encuentran
la colaboración como ayudante del técnico competente en el proceso de certificación energética de edificios.