2 respuestas
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Julia respondió: Particular
Soy propietaria de un edificio de 8 viviendas sin división horizontal , quiero realizar obras en el edificio ya que tiene 130 años y quiero que sea lo más eficiente posible. SÉ que hay ayudas de la comunidad económica europea. ¿Qué ayudas puedo tener y si sólo me contarán como una vivienda?. Tengo que decir que siempre se ha destinado al alquiler , pero como ahora está en un estado lamentable no se pueden alquilar las viviendas ( siempre se han declarado los alquileres). ¿Me pueden ayudar?. Informarme de que ayudas puedo contar
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Marta Isabel respondió: Profesional de Certicalia
Hola Tomasa. Por lo que puedo entender de su mensaje, sus padres tenían escritura de su casa pero posteriormente sus hijas fueron construyendo sobre ellos pero sin arreglar la documentación al respecto. Si es así, lo que debe hacerse es una declaración de obra nueva antigua. La Ley Hipotecaria se modificó en 2015 y desde entonces hay una serie de requisitos técnicos que hay que cumplir. Entre ellos es la representación gráfica del bien inmueble con sus coordenadas georreferenciadas, validación gráfica alternativa y certificado de antigüedad todo ello realizado por un técnico competente ya que debe validar su firma en la Notaría cuando se presente dicho trabajo. También habrá que realizar la división horizontal de la edificación sobre la que se pretende realizar el trabajo para que cada propietaria tenga diferenciada su vivienda. Con la aceptación de herencia realizada y las escrituras de cada vivienda a nombre de cada hija, se procederá a inscribir cada vivienda en el Registro de la Propiedad. Aquí habrá que presentar ahora las escrituras de la vivienda que se pretende inscribir así como los datos del levantamiento topográfico correspondiente a cada vivienda. Con la modificación de la Ley Hipotecaria en 2015, el Registro de la Propiedad y el Catastro están coordinados para que toda información sobre los bienes inmuebles sea la misma en ambas entidades. Después de la inscripción en el Registro de la Propiedad de cada vivienda por parte, ahora sí, de cada propietaria, se realizará la coordinación con el Catastro para que otorgue a cada vivienda su propia referencia catastral y el IBI comenzará a llegar a cada propietaria de forma individual.
Espero haberle podido ayudar. Es información un poco técnica quizás pero en resumen sería: realización de un levantamiento topográfico y división horizontal, Notaría (aceptación de herencia y escrituras de cada propietaria), Registro de la Propiedad y Catastro.
Un saludo,
Marta