Solicitar ayudas rehabilitación de vivienda
en el municipio de Gijón/Xixón
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¿Cómo obtener la solicitar ayudas rehabilitación de vivienda en el municipio de Gijón/Xixón?
1. **Información previa**: Antes de iniciar cualquier trámite, es fundamental informarse sobre las ayudas disponibles, los requisitos y la documentación necesaria. Esto puede hacerse consultando la página web del Ayuntamiento de Gijón/Xixón o acudiendo presencialmente a las oficinas de atención ciudadana.
2. **Cumplir los requisitos**: Cada programa de ayuda estará sujeto a una serie de condiciones como: antigüedad del edificio, ingresos de los solicitantes, y los porcentajes máximos que cubre la ayuda. Es vital asegurarse de cumplir con todos estos requisitos antes de solicitar la ayuda.
3. **Preparar la documentación**: Generalmente se requerirá presentar documentos como escrituras de propiedad, proyecto técnico de la rehabilitación, presupuestos detallados de la obra, y en algunos casos, un informe de evaluación del edificio. Asegúrate de tener la documentación completa y actualizada.
4. **Solicitud**: Dirígete al órgano competente del Ayuntamiento de Gijón/Xixón para realizar la solicitud. Esto podría ser la Concejalía de Urbanismo, Medio Ambiente y Vivienda o un departamento específico designado para la administración de estas ayudas. Es posible que el proceso se pueda iniciar en línea a través de la Sede Electrónica del ayuntamiento.
5. **Seguimiento**: Una vez presentada la solicitud, es importante realizar un seguimiento para conocer el estado de la tramitación. Durante este período, podrían requerir documentación adicional o realizar una inspección de la vivienda.
6. **Resolución y ejecución**: Si la solicitud es aprobada, recibirás una resolución con las condiciones de la concesión. A partir de aquí, podrás iniciar las obras de rehabilitación de tu hogar en Gijón/Xixón de acuerdo con el proyecto presentado y bajo supervisión técnica.
7. **Justificación**: Una vez finalizadas las obras, deberás justificar los gastos realizados frente al Ayuntamiento para liberar los fondos otorgados según las condiciones de la ayuda.
Es recomendable mantenerse al tanto de las convocatorias abiertas, ya que las ayudas suelen estar condicionadas a la disponibilidad presupuestaria y a los plazos establecidos por el Ayuntamiento. La obtención de estas ayudas es una excelente oportunidad para mejorar la eficiencia energética, accesibilidad, y la seguridad de las viviendas, así como para revitalizar el entorno urbano de Gijón/Xixón.
¿Cuánto cuesta realizar la solicitar ayudas rehabilitación de vivienda en el municipio de Gijón/Xixón?
Se han solicitado 92 presupuestos de solicitar ayudas rehabilitación de vivienda. El precio mínimo son 300€ y el precio máximo son 10000€, a los que hay que sumarle el IVA y las tasas administrativas de registro, que varían dependiendo de la comunidad autónoma.
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· El presupuesto puede variar mucho dependiendo de algunos factores determinantes, como la
localización y tamaño de la vivienda o inmueble.
¿Te surgen más dudas sobre solicitar ayudas rehabilitación de vivienda? Nosotros te las resolvemos
- Programa de fomento de la rehabilitación edificatoria: es una ayuda que ofrece el gobierno en el caso de que una persona quiera reformar su casa. La ayuda puede ascender a una cuantía de 4.000€. Esta subvención tiene como objetivo la financiación de la ejecución de obras y trabajos de mantenimiento e intervención en las instalaciones fijas y equipamiento propio, en los elementos y espacios privativos comunes, de los edificios residenciales.
- Programa de fomento de la regeneración y renovación urbanas: son unas ayudas para poder edificar viviendas en espacios donde se han demolido antiguos edificios.
- Programa de apoyo a la implantación del Informe de evaluación de los edificios: Pretende fomentar el uso de este informe que sustituye a la Inspección técnica del edificio ITE y el cual incluye el certificado de eficiencia energética. Este informe es necesario para pedir las las ayudas para la rehabilitación de la vivienda. Este informe es necesario Además el informe de evaluación del edificio es obligatorio para los edificios de más de 50 años.
- Programa para el fomento de ciudades sostenibles y competitivas: es una subvención para proyectos de mejora en barrios, la creación de eco-barrios y la renovación de zonas turísticas.
- El edificio debe haber sido construido antes de 1981 y dedicar al menos un 70% de su superficie a uso residencial.
- Las subvenciones deberán ir destinadas a la realización de obras en el inmueble para la mejora de las instalaciones de gas, electricidad, ventilación, aislamiento, ampliación de espacios hasta un máximo de 120m2 útiles e incluso para reforzar la estructura del edificio.
- La ayuda máxima por vivienda será de 2.000 euros para obras de conservación, 1.000 euros más si se realizan tareas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética de la casa y otros 1.000 cuando se hagan reformas para hacer la vivienda accesible.
- En el caso de las comunidades de propietarios, la subvención será de entre 2.000 y 5.000 euros para actuaciones relacionadas con la calidad y sostenibilidad del edificio, además de 4.000 euros más para mejora de la accesibilidad. Todas estas cuantías podrán incrementarse un 10% en edificios declarados bienes de interés cultural.
- Ambito deberá estar delimitado por la Administración competente, al menos a 100 viviendas.
- Un 60% de la edificabilidad deberá destinarse a uso residencial de vivienda habitual.
- Los edificios y viviendas deberán poseer el informe de evaluación y que las actuaciones cuenten con el acuerdo de la Comunidad o Comunidades de Propietarios.
- Deberán circunscribirse a un único término municipal
- Contener la delimitación precisa del área de actuación, que tendrá carácter homogéneo y continuidad geográfica, con la descripción de la situación urbanística y social de la misma.
- Deberán Justificar la conveniencia de la propuesta de actuación.
- Incluir una memoria descriptiva y de viabilidad técnica y económica de la actuación.
- Adjuntar presupuesto estimativo, desglosado por tipos de actuación.
- Adjuntar un calendario previsible de ejecución.
- LEY 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
- Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos.
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