2 respuestas
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Cerener respondió: Profesional de Certicalia
Lo que expone es complejo y no se puede dar respuesta sin analizarlo detenidamente, a la vista de toda la documentación.
Si la licencia se concedió en base a una superficie que no era la real y, de haberse considerado la superficie real habría resultado no tener derecho a licencia, podría instarse la revisión de actos administrativos quizás basándose en el fraude. No obstante es un caso complejo que habría que ver detenidamente entre técnicos y abogados.
Si quiere puede ponerse en contacto con nosotros y le daremos presupuesto para estudiar el caso conjuntamente con nuestros equipos técnico y jurídico. -
Fernando respondió: Profesional de Certicalia
En este caso, se debería iniciar un expediente de jurisdicción voluntaria. A través de un abogado,
"1. El expediente se iniciará mediante escrito en el que se harán constar las circunstancias tanto de la finca que se pretende deslindar como las colindantes, así como los datos identificativos de los titulares de una y otras, incluidos los catastrales, con su domicilio si fuera conocido por el solicitante.
El solicitante del deslinde deberá aportar, en todo caso, la certificación catastral descriptiva y gráfica de la finca objeto del deslinde y de las colindantes, así como los documentos o justificantes que sirvan de fundamento a su pretensión. Además, en caso de que el promotor manifieste que la representación gráfica catastral no coincide con la del deslinde solicitado, deberá aportar representación gráfica georreferenciada del mismo. ....
Dicha representación gráfica deberá estar debidamente georreferenciada y suscrita por técnico competente, de modo que permita su incorporación al Catastro una vez practicado el deslinde."