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Alejandro respondió: Profesional de Certicalia
Hola, Álex.
1) En primer lugar, si en la escritura el inmueble consta como "local", es un local y el cambio de uso es inevitable para poderlo hipotecar como vivienda.
2) Para ello se debe comprobar que urbanísticamente sea posible, es decir, que añadir superficie residencial no vaya contra las normas urbanísticas metropolitanas.
3) Si esto se cumple, toca hacer un estudio de viabilidad. El arquitecto hace una visita al local y le indica si es viable la reconversión por la normativa de habitabilidad, accesibilidad e incendios, y las obras necesarias para hacerlo. En todos los casos, hace falta redactar un proyecto de obra mayor.
4) Finalmente, se expide la licencia de primera ocupación o cédula de habitabilidad de nueva ocupación.